Por Real Decreto 859/1994 de 29 de abril, se creó la Academia de Ingeniería, que constituye una Corporación de Derecho Público, con personalidad jurídica propia, que se rige por sus Estatutos y por su Reglamento de Régimen Interior. Con fecha 14 de julio de 2003 S. M. el rey D. Juan Carlos I tuvo a bien conceder el título de Real a la Academia de Ingeniería.
La ingeniería constituye hoy un campo de la actividad humana con influencia decisiva en el bienestar de la sociedad y sus aportaciones al uso adecuado y a la aplicación correcta de la tecnología son altamente significativas.
En nuestro país se ha venido produciendo en las últimas décadas un paulatino incremento de las instituciones dedicadas a la docencia e investigación tecnológica, así como un notable desarrollo de la ingeniería que ha puesto de relieve la conveniencia de crear una institución que sea capaz de aconsejar y orientar con la mayor competencia al Estado y a la sociedad en materias tecnológicas.
Por ello, teniendo en cuenta que en otras naciones de nuestro entorno existen Academias de Ingeniería, se ha considerado oportuno crear una institución de esta naturaleza en España.
OBJETIVOS
Los fines de la Academia aparecen claramente en el Art. 3 de sus Estatutos que se reproduce a continuación:
Artículo 3: La Academia tendrá los fines siguientes:
Con independencia de estos objetivos, los Estatutos contemplan las condiciones que han de cumplir los Académicos, así como los Órganos de Gobierno que permiten la acertada gestión de la Academia.
ANTECEDENTES
La Academia de Ingeniería, la más moderna de nuestro país en el momento de su creación, es la primera Academia a nivel nacional creada bajo el reinado de S. M. Juan Carlos I. Esta Real Academia, de ámbito nacional, recibe a través de un convenio con el Ministerio de tutela, una subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales del Estado.
Los 36 Miembros Constituyentes fueron nombrados por Orden Ministerial de fecha 12 de diciembre de 1994.
Tras los primeros años de funcionamiento, en que - entre otras actividades - se elaboró el Reglamento de Régimen Interior por parte de los Académicos Constituyente, se han elegido nuevos miembros, hasta que se alcanzó el número máximo de 60 Académicos Numerarios.
En la Real Academia de Ingeniería están presentes Miembros de las distintas ramas de la Ingeniería.
Veintitrés Académicos Numerarios tienen su residencia fuera de la Comunidad Autónoma de Madrid, lo que da idea de su importante implantación a nivel nacional.
La Real Academia ha merecido los auspicios en el ámbito internacional, es miembro del Consejo Mundial de Academias de Ingeniería y Ciencia Tecnológicas, CAETS, y del Consejo Europeo de Academias de Ciencias Aplicadas e Ingeniería (Euro-CASE).
Especial relevancia tuvieron los Actos conmemorativos del 10º Aniversario de la creación de la Academia que tuvieron lugar en distintas ciudades del país sobre temas de energía, medio ambiente, infraestructuras, transporte, informática y telecomunicaciones.
Con fecha 9 de mayo de 2005 se constituyó, por iniciativa de la Real Academia de Ingeniería, la Fundación "Pro Rebus Academiae", con el objeto esencial de respaldar, en la medida de sus posibilidades, las actividades de la Academia cuyo Patronato está compuesto por los Excmos. Sres. D. Enrique Alarcón (Presidente), D. Aníbal Figueiras (Vicepresidente), D. Manuel Acero (COIIM), D. Joaquín Coello, D. Rafael Miranda (Endesa), D. Miguel Navarro (Idom), D. Javier Rui-Wamba, D. Jaime Torroja, D. Javier Uceda (UPM) y D. Juan Miguel Villar Mir (OHL), actuando como secretario D. Luis Alberto Petit Académico y Director Gerente de la Real Academia.
El 7 de junio de 2005 el Patrimonio del Estado, a través del Ministerio de Educación y Ciencia, cedió a la Real Academia de Ingeniería la porción pública del Palacio del Marqués de Villafranca (que forma parta del Patrimonio Histórico Español) como Sede donde la corporación ha iniciado sus servicios y el desarrollo de sus actividades.
Al mismo tiempo, acometió el proyecto de acondicionamiento del inmueble, con lo que esto supone de rehabilitación y necesaria restauración de las instalaciones debido a su precaria situación, que afecta a la seguridad y que obliga a la rebaja de forjados y a la remodelación -para dejar al descubierto lo más posible- del paño de la muralla del segundo recinto de Madrid del siglo XII en la que se apoya la trasera del edificio.
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